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Licencias: Inscripción y cuotas 2025

CUOTAS 2025

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BOXEO AMATEUR

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BOXEO PROFESIONAL

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  • Las licencias profesionales de boxeador y entrenador se tramitan a través de esta Federación, a través de los formularios de inscripción habilitados. Las licencias de juez y árbitro profesional se tramitan directamente por los interesados con la Federación nacional, si bien están obligados a estar en alta en la web de usuarios de la Federación de Boxeo de Castilla y León y enviar copia de su licencia 2025 para adecuado conocimiento y archivo.
  • Las licencias de promotor, matchmaker y manager se tramitarán directamente por los interesados con la Federación Española de Boxeo, si bien es totalmente obligatorio comunicarlo vía email lo antes posible a la Federación de Boxeo de Castilla y León para su debido seguimiento.

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Las cuotas y cánones 2025 han sido aprobadas en Asamblea General de 24 de noviembre de 2024, tal como exigen los Estatutos de la Federación.

  1. Cuota reducida: se aplica cuando el interesado ha tenido licencia en vigor en la Federación en uno o varios años anteriores y realiza el alta antes del 28 de febrero de 2025, o cuando el alta es realizada por un interesado que nunca ha tenido antes licencia federativa en vigor.
  2. Cuota regular: federados que sí han tenido licencia en vigor en uno o varios años anteriores y realizan su alta a partir del 1 de marzo de 2025.

Respecto a las cifras detalladas a continuación, hay que tener en cuenta lo siguiente:

  1. Los importes van DESGLOSADOS para que los federados tengan información clara de qué parte del coste de la licencia va destinado al seguro deportivo obligatorio, qué parte va a gestionar la homologación en la Federación Española de Boxeo y qué parte va a la Federación de Boxeo de Castilla y León.
  2. Aunque la información se da desglosada, los federados han de abonar el importe total de la licencia (incluido seguro y homologación) a la Federación de Boxeo de Castilla y León, ya que será la federación autonómica quien se encargue posteriormente de trasladar los importes y la información correspondiente a la Federación Española de Boxeo, tanto para llevar a cabo la homologación como el alta del federado en el seguro deportivo obligatorio. Recordar aquí a nuestros federados que de nuevo este año 2025 la póliza de seguro deportivo obligatorio que dará cobertura será la suscrita con ASISA por parte de nuestra federación nacional.
  3. Si no se dispone de nacionalidad española, para tramitar la licencia de deportista, técnico deportivo o juez/árbitro deberá aportarse número y fotografía del NIE válidamente expedido y en vigor, no bastando disponer únicamente de pasaporte.
  4. La licencia de deportista y de técnico/entrenador va siempre asociada a un club deportivo federado, que puede encargarse de tramitar la licencia directamente en nombre del federado. El club deportivo federado asume obligaciones inherentes a la licencia, como las relativas a la gestión de permisos de desplazamiento, información a la Federación en tiempo y forma de los resultados deportivos de sus federados, tramitación en lo que corresponda de los partes de lesiones y accidente, aportación veraz de los datos del federado que solicita la licencia, etc. 
  5. Traspaso de licencias: En caso de precisarse el traspaso de una licencia de deportista o de técnico/entrenador de un club deportivo a otro, es preciso presentar por email el documento adjunto con los datos y firma de club deportivo de origen, club deportivo de destino, identificación del o los federados que traspasan su licencia y representantes legales de los mismos en caso de ser menores.
  6. La licencia de deportista de ENTRENAMIENTO/ENSEÑANZA permite el desarrollo de la actividad deportiva única y exclusivamente dentro de las instalaciones del club deportivo que da de alta la licencia. Se aplica exclusivamente a los deportistas que no vayan a participar en ninguna actividad o competición federada y a los que el club deportivo desea incorporar en la póliza de seguro deportivo obligatorio.
  7. La licencia de FORMAS se aplica a los deportistas que por Reglamento BAN deban estar incluidos en dicha categoría en función de su fecha de nacimiento.
  8. La tramitación de la licencia finaliza cuando el federado recibe un documento acreditativo de la misma, así como el protocolo a seguir en caso de accidente o lesión deportiva.
  9. El reconocimiento médico y el certificado de delitos sexuales ha de tener fecha de 2025, en tanto en cuanto la Federación no puede llevar control del periodo de validez de cada documento. El reconocimiento médico ha de estar realizado en el modelo oficial facilitado por la Federación, no considerándose válidos otros formatos.

¿Qué pasos necesitas seguir para inscribirte?

La inscripción ha de hacerse vía on line, si bien el envío de la DOCUMENTACIÓN asociada a cada licencia se envía en formato pdf vía email, siguiendo las instrucciones detalladas a continuación:

  1. Ir al apartado de inscripciones de esta web: Menú principal / Oficina On line / Inscripciones.
  2. Hacer click en el formulario de inscripción correspondiente al estamento de la persona que desea dar de alta su licencia: club deportivo, deportista, juez o árbitro, técnico deportivo.
  3. Se recomienda leer las indicaciones que se hacen en cada tipo de formulario para entender correctamente el alcance y requisitos de cada tipo de licencia.
  4. Rellenar la inscripción con todos los datos y la documentación requerida: los datos principales de identificación se rellenan solamente la primera vez, en la que se hace el alta, posteriormente solo se volverán a cubrir los datos que varían de un año a otro.
  5. Proceder al pago de la licencia a través del sistema habilitado con tarjeta de crédito o débito dentro de la propia inscripción, o bien mediante transferencia bancaria a la cuenta titularidad de la Federación. Si se hace el PAGO CON TARJETA, el sistema solicitará previamente el número de la tarjeta, el mes y año de caducidad y el código de verificación, y tras ello la entidad bancaria solicitará la autorización correspondiente de la tarjeta (es una autorización del método de pago, no del pago en sí, por eso indica que el precio es 0,00 €). Una vez admitido el método de pago, el pago de la cuota se generará cuando la Federación, una vez vista tu solicitud, la valide y le dé luz verde.
  6. ENVIAR LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA EN CADA CASO POR EMAIL, EN FORMATO PDF (a poder ser un único fichero por documento), A LA DIRECCIÓN [email protected]. No se admitirá el envío de la información en formatos de imagen ni vía WhatsApp.
  7. Finalizar la inscripción. Una vez recibida y revisada por la Federación, recibirás un email de confirmación.
  8. Este es el modelo de reconocimiento médico: Formulario reconocimiento medico FEB
  9. Este es el modelo de Permiso al menor: Permiso al menor
  10. Este es el modelo de formulario LOPD de la Real Federación Española de Boxeo: FORMULARIO LOPD FEBOX
  11. Al finalizar el alta on line de club deportivo, la Federación preparará la hoja de homologación con los datos facilitados en la inscripción y la pasará al club para que sea firmada por el responsable legal de la entidad. Tras ello se enviará el diploma de homologación correspondiente y un documento detallando las ventajas de la misma.
  12. Las pruebas médicas necesarias para tramitar la licencia de boxeador profesional son las siguientes:
  • Resonancia magnética craneal (NO SE ADMITE TAC).
  • Serología completa que incluya VIH, Hepatitis A, B y C.
  • Reconocimiento médico estándar, de acuerdo al modelo que se adjunta en el punto 7 anterior.

CATEGORÍAS Y PESOS

CATEGORÍAS

FORMAS

·        PREBENJAMIN: 7 y 8 años (nacidos entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de diciembre de 2018).

·        BENJAMIN: 9 y 10 años (nacidos entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2016).

·        INFANTIL: 11 y 12 años (nacidos entre 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2014).

·        CADETE: 13 y 14 años (nacidos entre el 1 de enero de 2011 y el 31 de diciembre de 2012).

SCHOOLBOYS/SCHOOLGIRLS

·        INFANTIL: 11 y 12 años (nacidos entre 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2014).

·        CADETE: 13 y 14 años (nacidos entre el 1 de enero de 2011 y el 31 de diciembre de 2012).

JUNIOR: 15 y 16 años (nacidos entre 1 de enero de 2009 y el 31 de diciembre de 2010).

JOVEN: 17 y 18 años (nacidos entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2008).

ÉLITE: 19 a 40 años (nacidos entre el 1 de enero de 1985 y el 31 de diciembre de 2006).

PESOS

· CADETE SUB-14 MASCULINO Y FEMENINO - 20 Categorías de Peso: 38,5kg, 40kg, 41,5kg, 43kg, 44,5kg, 46kg, 48kg, 50kg, 52kg, 54kg, 56kg, 59kg, 62kg, 65kg, 68kg, 72kg, 76kg, 80kg, 90kg, 90 - 105kg.

· INFANTIL SUB-12 MASCULINO Y FEMENINO 23 - Categorías de Peso: 28kg, 29,5kg, 31kg, 32,5kg, 34kg, 35,5kg, 37kg, 38,5kg, 40kg, 41,5kg, 43kg, 44,5kg, 46kg, 48kg, 50kg, 52kg, 54kg, 56kg, 59kg, 62kg, 65kg, 68kg y +68kg.

· JUNIOR MASCULINO - 13 Categorías de Peso: 44-46kg, 48kg, 50kg, 52kg, 54kg, 57kg, 60kg, 63kg, 66kg, 70kg, 75kg, 80kg, +80kg.

· JUNIOR FEMENINO - 13 Categorías de Peso: 44-46kg, 48kg, 50kg, 52kg, 54kg, 57kg, 60kg, 63kg, 66kg, 70kg, 75kg, 80kg, +80kg.

· JOVEN MASCULINO - 13 Categorías de Peso: 46-48kg, 51kg, 54kg, 57kg, 60kg, 63,5kg, 67kg, 71kg, 75kg, 80kg, 86kg, 92kg, +92kg.

· JOVEN FEMENINO - 12 Categorías de Peso: 45-48kg, 50kg, 52kg, 54kg, 57kg, 60kg, 63kg, 66kg, 70kg, 75kg, 81kg, +81kg.

· ÉLITE MASCULINO - 13 Categorías de Peso: 46-48kg, 51kg, 54kg, 57kg, 60kg, 63,5kg, 67kg, 71kg, 75kg, 80kg, 86kg, 92kg, +92kg.

· ÉLITE FEMENINO - 12 Categorías de Peso: 45-48kg, 50kg, 52kg, 54kg, 57kg, 60kg, 63kg, 66kg, 70kg, 75kg, 81kg, +81kg.

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